Cómo calcular el ISR mensual en RESICO (personas físicas)
Cuatro pasos y tres ejemplos con números. Si prefieres no hacer las cuentas a mano, la calculadora gratuita las hace con tus cifras.
Herramienta informativa. No es asesoría fiscal, contable ni legal. No está afiliada al SAT. Verifica con un contador o en sat.gob.mx.
Paso 1: suma lo que cobraste en el mes, sin IVA
La base es el total de ingresos amparados por facturas (CFDI) que efectivamente cobraste en el mes. Cuenta la fecha de cobro, no la de la factura: una factura emitida en marzo y cobrada en abril entra en abril. No se incluye el IVA y no se resta ninguna deducción (artículo 113-E de la LISR).
Paso 2: ubica la tasa en la tabla mensual
| Ingresos cobrados en el mes, sin IVA (pesos) | Tasa |
|---|---|
| Hasta 25,000.00 | 1.00% |
| Hasta 50,000.00 | 1.10% |
| Hasta 83,333.33 | 1.50% |
| Hasta 208,333.33 | 2.00% |
| Hasta 3,500,000.00 | 2.50% |
Multiplica el total del mes por la tasa de su tramo. La tasa se aplica a todo el ingreso del mes, no solo a la parte que rebasa el tramo anterior. Más detalle en tasas de ISR RESICO.
Paso 3: resta la retención de 1.25% de tus clientes personas morales
Si le facturaste a empresas (personas morales), ellas te retuvieron 1.25% del pago sin IVA (artículo 113-J) y te dieron un comprobante de esa retención. Ese monto ya es un pago a tu cuenta: réstalo del ISR del mes. Los clientes personas físicas no hacen esta retención.
Paso 4: actualiza tu acumulado y compáralo con el tope
Suma lo cobrado en el mes a lo que llevas en el año y compáralo con $3,500,000. Si el acumulado excede esa cifra, el régimen deja de aplicar a partir del mes siguiente. Detalle en tope de ingresos RESICO.
Ejemplo 1: solo clientes personas físicas
Cobras $42,000 en el mes, sin IVA, a personas físicas.
- Tramo: hasta 50,000, tasa de 1.10%.
- ISR del mes: 42,000 por 1.10% = $462.00.
- Retención: $0.00.
- ISR a pagar: $462.00.
Ejemplo 2: una parte facturada a una empresa
Cobras $60,000 en el mes: $20,000 de una empresa y $40,000 de personas físicas.
- Tramo: hasta 83,333.33, tasa de 1.50%.
- ISR del mes: 60,000 por 1.50% = $900.00.
- Retención de la empresa: 20,000 por 1.25% = $250.00.
- ISR a pagar: 900.00 menos 250.00 = $650.00.
Ejemplo 3: la retención es mayor que el ISR
Cobras $20,000 en el mes y todo es de una empresa.
- Tramo: hasta 25,000, tasa de 1.00%.
- ISR del mes: 20,000 por 1.00% = $200.00.
- Retención de la empresa: 20,000 por 1.25% = $250.00.
- ISR a pagar: $0.00. La retención superó al impuesto por $50.00.
Esto pasa siempre que todo tu ingreso del mes es de personas morales y cae en los tramos de 1.00% o 1.10%, porque la retención (1.25%) es mayor que la tasa. La calculadora muestra esa diferencia como retención de más; qué hacer con ella depende de las reglas vigentes del SAT, así que consúltalo con un contador.
Lo que este cálculo no cubre
- El IVA, que se calcula y declara aparte.
- Sueldos, intereses u otros ingresos fuera del RESICO.
- La exención para actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras: el artículo 113-E dice que quienes se dedican exclusivamente a ellas no pagan ISR por esos ingresos mientras no excedan de novecientos mil pesos efectivamente cobrados en el ejercicio.
- La presentación de la declaración: este sitio no presenta nada ante el SAT.
Fuente: Ley del Impuesto sobre la Renta, artículos 113-E, 113-F y 113-J, según el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2021: https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5635286&fecha=12/11/2021 — El texto vigente de la ley se publica en https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LISR.pdf — Última verificación: 8 de octubre de 2026. Las reglas pueden cambiar con la reforma anual de la LISR y con la Resolución Miscelánea Fiscal.